En las decisiones actuales del Senado de la
República y del gobierno en el proceso de aprobación de la Ley
Ordinaria de Salud ha pesado más la defensa de los intereses privados y
de las utilidades económicas de los negociantes de la salud que la
defensa de lo público y de la salud de todos los colombianos en
condiciones de igualdad. Por más de 20 años los trabajadores
asalariados, campesinos y demás sectores populares de las ciudades y del
campo hemos tenido que padecer la enfermedad y la muerte prematuras
como consecuencia de la ineficacia de la política de salud neoliberal
para enfrentar los determinantes sociales de la salud y de las
desigualdades en salud, y las barreras del acceso a los servicios de
salud cuando los necesitamos.
En el marco de la aprobación reciente de la
Ley Estatutaria de Salud y de la actual Ley Ordinaria en curso en el
Congreso de la República, el gobierno ha impuesto la tesis según la cual
es necesario limitar el derecho a la salud a un núcleo esencial
reducido a un plan de prestaciones de servicios de salud que puede
llegar a ser aún más limitado que el actual Plan Obligatorio de Salud, y
porque supuestamente no habría recursos suficientes para incluir todos
los derechos relacionados con la salud, como lo son el agua potable, el
acceso a alimentación segura y nutritiva, la vivienda digna, las
condiciones seguras de trabajo, el acceso a educación universal de igual
calidad para todos y el acceso universal a un sistema de atención de
salud que satisfaga equitativamente las necesidades de la población.
Los colombianos sabemos que no es el
sistema de salud la única institución que debe garantizar ese conjunto
de derechos relacionados con la salud sino el Estado en su conjunto, el
cual según la Constitución Política de 1991 es un Estado Social de
Derechos. Pero no sólo los gobiernos sucesivos de la oligarquía se han
negado a hacer una reforma tributaria realmente progresiva, es decir,
que grave proporcionalmente más a los dueños del capital y que permita
garantizar el derecho integral a la salud mediante políticas públicas
redistributivas, sino que sucesivamente han venido introduciendo
reformas legislativas que anteponen el criterio de disciplina fiscal al
deber de garantía por parte del Estado de los derechos sociales a los
ciudadanos, con lo cual limitan cada vez más el alcance e integralidad
de los mismos.
Recordemos que la Ley 100 de 1993 creó las
bases para la vinculación de los fondos sociales de pensiones, riesgos
laborales y salud a los mercados de capitales mediante el manejo
financiero intermediado de los mismos por empresas privadas como las
EPS, las AFP y las ARL, y que simultáneamente permitió entregar gran
parte de los servicios sociales y de salud al sector privado,
focalizando el papel del Estado hacia la regulación, control y
vigilancia de dichos mercados. Para garantizar las utilidades y rentas
de los inversionistas del gran capital nacional y transnacional en
distintos sectores de la economía, y en el sector salud en particular,
el gobierno ahora con la Ley Estatutaria de salud aprobada y la Ley
Ordinaria en curso de aprobación busca controlar tanto el gasto fiscal
como los costos de la atención de la enfermedad en función de esos
intereses.
Cuando el proyecto de Ley Ordinaria
establece el fondo público pagador ahora denominado Salud-Mía, realmente
establece un intermediario entre el Estado y las antiguas EPS, ahora
denominadas Gestores de Salud, porque su función será simplemente la de
garantizar que éstas se apropien de forma privada de los recursos
sociales y públicos de la salud al otorgarles tanto la potestad de
controlar el gasto en salud mediante el control del acceso de los
afiliados a los servicios de salud y como de autorizar los pagos por
parte de Salud-Mía a los proveedores directos de los servicios. Su
eficacia para controlar el gasto del sistema de salud por vía del logro
de resultados en salud que beneficie a los afiliados y a la población
será mínima puesto que, como las actuales EPS, poco interés tendrán en
promover la salud, prevenir la enfermedad y atender oportunamente y con
calidad al paciente. Por el contrario, para convertir utilidades
privadas los excedentes del gasto en el Fondo Público y los rendimientos
financieros de estos recursos podrán introducir barreras de acceso,
copagos y cuotas moderadoras, control de la autonomía de los
profesionales de la salud para atender los pacientes según sus
necesidades, y prácticas similares a las glosas que actualmente retrasan
el pago a los hospitales.
Dado que los Gestores de Salud podrán
integrarse verticalmente con prestadores de servicios primarios de salud
de su propiedad que formarán parte de la red de prestadores de
servicios de salud que articulen en las mal llamadas áreas de Gestión
Sanitaria, podrán concentrar la propiedad de dichos prestadores y
servicios y convertirlos, al ser éstos la puerta de entrada obligatoria
al sistema de atención en salud, en verdaderas barreras de acceso a los
servicios especializados y hospitalarios que necesiten los pacientes que
a ellos acudan en función del incentivo de ahorrar en gastos de
atención de los pacientes para aumentar las utilidades que les generen
la apropiación privada de los excedentes en el Fondo público de salud
(Salud-Mía).
Mientras este proyecto de ley carece de
instrumentos claros y suficientes para financiar la ampliación,
dotación y mejoramiento de la calidad de la red pública de atención, y
por esta vía el Estado garantizar los servicios de poblaciones rurales y
urbanas que están desprotegidas, por el contrario, sigue favoreciendo
la expansión y desarrollo de los prestadores privados, los cuales son ya
más del 70% de la red de prestadores del país. Nada tenemos contra
prestadores privados de servicios de salud siempre y cuando ellos
cumplan la función pública de atender las necesidades de los colombianos
en el marco de un claro régimen público que garantice el derecho
ciudadano a la salud. Sin embargo, como todos sabemos, esa no será la
realidad con la nueva Ley Ordinaria de Salud porque el sentido
fundamental del régimen de salud mantenido con esta reforma será seguir
garantizando el negocio de la salud, incluido el de prestadores privados
que convierten a la persona humana en un cliente en función de sus
intereses privados.
Este proyecto de ley sigue insistiendo en
la lógica neoliberal que confunde, en beneficio de los intereses
particulares, la noción de lo público (que representa el interés
general) con bien público (que simplemente significa falla del mercado
en servir intereses particulares). Por ello mantiene la separación entre
salud pública (que asume como un bien público a cargo del Estado) y
atención individual (que asimila a un bien privado individual que
encarga al mercado a través de los Gestores de Salud y las redes de
prestadores de servicios individuales). Esa separación ha sido en gran
parte la responsable del fracaso del sistema de salud para atender de
forma integral e integrada las necesidades de salud de la población a
través de los servicios de salud y de estrategias efectivas como la
Atención Primaria en Salud, cuyo enfoque integral, familiar, comunitario
e intersectorial, comenzó a destruirse con la introducción de la Ley
100 en 1993. Ahora se divide la Atención Primaria en Salud en dos: una
parte a cargo de los entes territoriales para que hagan acciones
colectivas y otra parte se entrega a los gestores de salud para servir
intereses de mercado al autorizarles la integración vertical en el
primer nivel de atención individual. El modelo de atención primaria que
desarrollarán los Gestores será aquel que sirva a su interés particular
de controlar el acceso de los individuos a los servicios de salud, como
ya lo señalamos antes, y no aquel que sirva a la atención integral de
las necesidades de la población porque ello requiere de la superación
del enfoque de mercado de la atención. El modelo de Atención Primaria en
Salud que desarrollarán los entes territoriales estará limitado a
actividades de promoción y prevención, como ya se hace en el país con
deficiencia porque no se pueden integrar las actividades de curación,
prevención, promoción y rehabilitación, de lo cual depende el éxito de
la atención primaria.
Mantener un régimen de aseguramiento de
pobres (Régimen Subsidiado), otro de trabajadores asalariados y capas
medias de bajos ingresos (Régimen Contributivo) y otro de ricos
(Regímenes complementarios de aseguramiento privado) no hace sino
naturalizar, por vía de la política pública de salud, las desigualdades
sociales que determinan la desigualdad en el acceso a los servicios de
salud y en su calidad. No hay nada que atente más contra la igual
libertad que debemos gozar todos los colombianos para garantizar la
libre elección de los prestadores de servicios y alcanzar el aporte en
buen vivir que corresponde a la buena salud, que esta odiosa práctica de
segmentación del sistema de salud por razones de clase social. Esta
formulación, además de ser socialmente discriminatoria, es una
estrategia neoliberal para imponer una concepción del derecho a la salud
sólo en términos de mínimos e incentivar el desarrollo del
aseguramiento privado en beneficio de los comerciantes de la salud. Los
colombianos debemos reclamar un sistema de salud en el cual se aseguren
condiciones de igualdad que permitan que haya verdadera libertad. Ello
pasa, en la atención en salud, por garantizar que ninguno de nosotros
tenga la sospecha de que lo público es peor que lo privado (cuando de
cumplir una función pública se trata), y porque no tengamos que
consentir que la segregación social es una condición para garantizar el
derecho de los pobres al acceso a un mínimo de atención en salud.
Rechazamos que no haya proceso de selección
para la escogencia de los gerentes de los hospitales porque ello
fortalece la corrupción atada al clientelismo. También rechazamos que no
haya consulta previa a los pueblos indígenas, afro-descendientes y rom
para definir las características del sistema y modo propio de atención
en salud según la cultura que ellos por generaciones desde la
independencia han venidos defendiendo. Igualmente, rechazamos que se
mantenga la política neoliberal de desregulación de las relaciones
laborales de los trabajadores de la salud porque ella sólo beneficia a
los dueños del capital al precarizar el salario, y atenta contra la
calidad de la atención en salud y el bienestar de los trabajadores de la
salud.
Llamamos al pueblo colombiano a
movilizarnos de forma unitaria y combativa en la defensa del derecho a
la salud como un derecho ciudadano, humano y fundamental; en la defensa
del interés general y de la función pública del Estado; y a derrotar el
régimen neoliberal introducido en el sistema de salud colombiano porque
éste privatiza al Estado en función de los intereses del capital.
Un nuevo sistema de salud es posible. Otros lo han hecho, nosotros también podemos.
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